lunes, 18 de marzo de 2013

Adopta un amigo, adopta un caballo



El artículo 98 del Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002), contempla en el proceso de retiro de los vehículos de tracción animal, que las Alcaldías deben promover actividades alternativas y sustitutivas para las personas que derivan su sustento de este tipo de vehículos.

Por su parte, la Corte Constitucional en sentencia C 355 manifiesta que la prohibición para el tránsito de vehículos de tracción animal "sólo entrará a regir siempre que real y efectivamente se hayan adoptado las medidas alternativas y sustitutivas previstas en el parágrafo 2º del artículo 98 de la ley antes citada, en el respectivo distrito o municipio".

La administración distrital mediante el Decreto 040 de 2013, dispuso de tres alternativas para el proceso de sustitución:

1. Sustitución de vehículo de tracción animal por un vehículo automotor homologado por el Ministerio de Transporte, para transporte de carga útil igual o superior a 750 kilos.

2. Sustitución de vehículo de tracción animal por plan de negocios, la cual busca generar nuevas actividades económicas, que con un enfoque basado en el bienestar humano, permita a quienes opten por las mismas la elaboración e implementación de planes de negocios de los cuales se derive su sustento.

3. Sustitución de vehículo de tracción animal por adquisición o mejora de vivienda, para aquella población con discapacidad permanente certificada por profesional de la Empresa Promotora de Salud (E.P.S.) o por la (E.S.E), o quien haga sus veces; y para aquella población vinculada que se considere adulto mayor en los términos de la Ley 1171 de 2007.

Cada beneficiario podrá acceder a una (1) de las alternativas de sustitución, una vez cumplidos los siguientes requisitos:
Estar incluido en la base de datos de carreteros adoptada por la Secretaría Distrital de Movilidad.
Acreditar la identificación personal ante el Organismo o Entidad que ejecute la alternativa seleccionada.
Suscribir documentos donde se declare voluntariamente cuál es la alternativa en que se encuentra interesado y la adhesión voluntaria al programa seleccionado.
Suscribir el "Pacto por el buen trato a los animales".
Cumplir con las condiciones particulares establecidas para cada alternativa de sustitución, de acuerdo con la regulación que expidan los Organismos y Entidades involucradas en la ejecución de la alternativa seleccionada.
Hacer entrega del binomio (carreta y equino) al Organismo o Entidad Distrital o a las Asociaciones y/o Fundaciones sin ánimo de lucro de cuidado animal que sean designadas por la Secretaría Distrital de Movilidad.

Adoptantes

A la fecha 1.000 adoptantes de equinos confirmados de un total de 5.200 potenciales. La administración indicará el día y lugar para la entrega del binomio, por su parte el carretero entregará la carreta y el equino, para recibir su respectivo documento, mientras que la carreta será destruida y sus partes dispuestas según indicaciones de la UAESP.

El equino será ingresado a la clínica de grandes animales, para su examen médico y tratamiento.

La Feria de Alternativas de Sustitución de Vehículos de Tracción Animal deja un balance muy satisfactorio para la comunidad de carreteros y para el programa de sustitución.

Durante los primeros 4 días de feria llevada a cabo en la Plaza de los Artesanos, asistieron 2.756 carreteros, de los cuales 2.432 escogieron la opción de vehículo que entregara la administración distrital.

La Universidad de Ciencias Aplicadas y Ambientales U.D.C.A y la Secretaria Distrial de Movilidad, firmaron un convenio para la recepción de 1.200 equinos por un valor de 1.873 millones de pesos, para el recibo y tratamiento médico de los equinos, con el fin de ser entregados en buenas condiciones de salud a los adoptantes.

La Universidad tendrá como obligación la atención de los equinos, beneficiarios del proceso de sustitución de vehículos de tracción animal, en instalaciones adecuadas para su cuidado, igualmente deben valorar por parte de personal competente a cada animal recibido y elaborar su historia clínica, la UDCA brindará el tratamiento a cada equino según sus condiciones sanitarias, dará alojamiento a los equinos y según las circunstancias del animal, aplicará Eutanasia humanitaria de acuerdo a los protocolos establecidos a nivel nacional e internacional de bienestar animal. La universidad debe entregar al equino en buenas condiciones sanitarias a las personas que la Secretaria de Movilidad indique.

Adopción de Equinos dentro del Proceso de Sustitución

La Alcaldía Mayor de Bogotá a través de las Secretarías de Movilidad y de Salud, ha implementado la campaña denominada ‘Adopta a un amigo' la cual tiene por objeto invitar a las personas que estén en condición para apadrinar un equino o caballo, de los que harán parte del proceso de sustitución de vehículos de tracción animal, VTA.

Requisitos:

Inscribirse a través de la página web de la Secretaría Distrital de Movilidad, link Adopta un Amigo.
Ser mayor de 18 años.
Tener disposición para recibir el equino asignado (no condicionar su estado general, edad, sexo y deficiencias orgánicas).
Tener capacidad económica para el sostenimiento del equino.
Brindar las condiciones adecuadas para el alojamiento y el cuidado del equino.
Asumir el transporte del equino desde el punto de entrega en Bogotá hasta el lugar de destino final.

Se aclara que las inscripciones estarán sujetas a verificación; así mismo, el estar inscrito en la base de datos no asegura la entrega en custodia del equino. La Secretaría Distrital de Movilidad garantizará la confidencialidad y reserva de los datos.
Las custodias se iniciarán una vez se realice el proceso de sustitución. El primer paso de este proceso es la consolidación de la base de datos de los posibles "padrinos".
Si lo desea consulte la normativa vigente:

Art. 98 de la Ley 769 de 2002. "Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones". 

Acuerdo 402 del 25 de septiembre de 2009 "Por medio del cual se establece el censo social integral de los vehículos de tracción animal (VTA) que circulan por el Distrito Capital"

Decreto 1666 del 12 de Mayo de 2010 "Por el cual se establecen medidas relacionadas con la sustitución de vehículos de tracción animal".

Decreto 178 del 27 de enero de 2012 "Por el cual se establecen medidas relacionadas con la sustitución de vehículos de tracción animal".

Decreto 040 del 30 de enero de 2013 "Por el cual se implementa el Programa de Sustitución de Vehículos de Tracción Animal en Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones."

1 comentario:

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