miércoles, 30 de noviembre de 2011

En esto consiste la Ley Anti-Crueldad Animal Propuesta por ALTO Plataforma Animalista en el Congreso De La Republica

La Plataforma ¡ALTO! inicia la CAMPAÑA: “Por el SI del Congreso” “Por la ley Anticrueldad Animal”, para ello USTED ES FUNDAMENTAL. Se realizarán a nivel nacional, los denominados happenings y las firmatones, lo cual es explicado en este artículo.

Afirma el Senador Jorge Londoño Ulloa, Autor del Proyecto de Ley de Protección Animal:

“La crueldad y maltrato injustificados deben eliminarse aunque se repute su carácter ancestral, porque no hay nada más ancestral que la aspiración al perfeccionamiento moral del hombre el cual se alcanza potenciando capacidades, valores y deberes cívicos”.

El pasado 9 de noviembre de 2011, el Senador Jorge Londoño, en conjunto con la Bancada Animalista del Congreso de la República y con el acompañamiento de varias organizaciones animalistas y la Plataforma ¡ALTO!, radicó el proyecto de ley que busca, entre otros aspectos:
Las medidas de protección, las cuales incluyen la regulación de las conductas constitutivas de maltrato animal, la investigación y experimentación científica con animales, la protección de la fauna de compañía urbana y rural; el tratamiento a los animales utilizados para el trabajo, las condiciones de los establecimientos comerciales, mataderos y lugares de sacrificio, reglas de
funcionamiento de zoológicos y parques temáticos; asuntos relacionados con el decomiso y custodia de animales y el establecimiento de sanciones en los casos de maltrato animal.
Catálogo de competencias y funciones bajo el concepto de institucionalidad para la protección animal.
Se introduce el reconocimiento de la capacidad de sufrir y gozar de los animales no humanos y de allí derivan el deber de protección, al amparo del concepto de bienestar animal, a su vez considerado como norma rectora.

El proyecto establece claramente en cuales casos se presume el maltrato animal sin excepción alguna (incluidas las peleas de gallos, perros y corridas de toros) y cuando aquel es punible.
Insta al uso de modelos alternativos de investigación y experimentación con animales no humanos en centros de enseñanza; regula lo concerniente a la protección de la fauna de compañía (en este capítulo se resalta la importancia de esterilización como mecanismo de control poblacional, la adopción del sistema nacional de información y registro de animales de compañía, los deberes especiales de los cuidadores y tenedores de animales de compañía y la cría, compra y venta de animales en el sector rural y urbano).
Establece la obligación de protección de animales utilizados para el trabajo y la prohibición de tránsito de animales de tracción; de la substitución o reconducción de actividades circenses con animales, del deber de las autoridades municipales de regular el funcionamiento de zoológicos; se encarga igualmente de establecer la potestad de la policía nacional de decomisar animales no humanos bajo maltrato evidente.

Penaliza los casos extremos de maltrato animal
Regula las competencias de los Ministerios de Ambiente, Protección Social y Educación, así como de las Corporaciones Autónomas Regionales y Juntas Defensoras de Animales.
Crea las Brigadas Anticrueldad Animal
Fortalece la formalización de las organizaciones defensoras de animales y su función de veeduría y crea la comisión de seguimiento a la implementación de la ley.

El panorama en el Congreso para la aprobación del Proyecto, no es fácil: 1. Es importante que se agende la discusión (el tramite comienza por comisión del Senado, ya aprobado pasa a Plenaria del Senado, aprobado pasa a comisión de la Cámara y aprobada pasa a Plenaria de la Cámara), 2. Es necesario convencer a cada legislador para que vote positivamente el proyecto.

Tomado de: http://www.plataformaalto.com/campanias-detalle/campania-por-la-aprobacion-del-proyecto-de-ley-por-la-cual-se-dictan-normas-para-la-proteccion-de-los-animales-y-se-dictan-otras-disposiciones/11

miércoles, 9 de noviembre de 2011

Mitos sobre la esterilización de perros y Gatos

La esterilización es un tema controversial no solo para las personas que comparten su vida con perros/gatos, sino también para los médicos veterinarios. Mientras para algunos la esterilización debiera esperar la madurez sexual de los animales, otros ponen énfasis en el control de la sobrepoblación a edad temprana. Acá, algunos alcances al respecto.

La madurez sexual de perros y gatos se presenta entre los 6-8 meses de edad. Sin embargo, mirando las alarmantes cifras de sobrepoblación canina/felina, además del hecho de que muchas hembras están quedando preñadas antes de llegar a esa edad, es que se está considerando la esterilización precoz como una nueva forma de controlar la población. La esterilización precoz se entiende como el procedimiento que se realiza sobre perros y/o gatos a los 3-4 meses de edad.
Ventajas de la esterilización precoz

Uno de los aspectos más importantes es que la esterilización precoz evita no sólo la reproducción de perros y gatos, sino también enfermedades del tracto reproductor que pueden darse en el período de celo-acoplamiento (piómetra -o infección bacteriana del útero-, quistes y tumores ováricos, tumores mamarios, tumor venéreo transmisible -TVT-, tumores prostáticos, testiculares y anales, prostatitis, sida y/o leucemia felinos). Junto con ello, elimina los embarazos "psicológicos" que sufren muchas hembras después del celo. Otra gran ventaja de la esterilización precoz es que los cachorros requieren de menores cantidades de sedante y anestésico, por lo que además su período de recuperación es sorprendentemente corto (en relación a los animales que son esterilizados en la edad adulta): en sólo unas horas luego de la operación, el perro/gato ya está jugando.

Para el caso de los machos, contrariamente a la creencia popular, el tamaño de los testículos es indiferente a la hora de esterilizar: si los testículos han de bajar, lo harán dentro del primer mes de vida, por lo que no existen desventajas técnicas para extraerlos luego.

Otra ventaja importante es que previene comportamientos peligrosos que son inducidos por el celo: "escapadas" fuera de su territorio, montas no deseadas, heridas por peleas territoriales, muertes por accidentes o intoxicaciones. Así también, previene comportamientos indeseados (como marcaje territorial, montas inapropiadas en el sofá, en las piernas de las personas, etc.)
Desventajas de la esterilización precoz

No existen desventajas médicas ni clínicas para rechazar la esterilización precoz. Su única barrera es el prejuicio de seguir humanizando a los animales: "cómo no va a ser madre una vez" o "es tan pequeña, esperemos a que madure". Hay que recordar que la madurez de los animales (humanos y no humanos) no sólo está dada por el crecimiento físico sino por la educación que reciben. Si bien es cierto que la esterilización precoz acentúa el comportamiento juvenil de los cachorros (perros y gatos), este comportamiento no se mantiene de por vida.

En conclusión, la esterilización precoz es una intervención altamente recomendada y crecientemente ponderada por los profesionales veterinarios, como una manera de evitar las camadas indeseadas y las enfermedades asociadas al celo y la reproducción.


Tomado de: http://ecosofia.org/2006/09/mitos_sobre_la_esterilizacion_ii.html